Las personas morales que están obligadas a dictaminar sus estados financieros en 2023 son aquellas que se encuentran en el Título II de la LISR que:
El artículo 32-A del CFF establece en su último párrafo que:
“Los contribuyentes que estén obligados a dictaminar sus estados financieros, así como aquéllos que ejerzan la opción a que se refiere este artículo, tendrán por cumplida la obligación de presentar la información a que se refiere el artículo 32-H de este Código. Párrafo adicionado DOF 12-11-2021”
Lo anterior quiere decir que todos aquellos que realicen el Dictamen Fiscal tendrán por cumplida la obligación de presentar la declaración informativa a que se refiere el artículo 32-H.